En el marco de la sesión plenaria conjunta de las comisiones de Trabajo y Presupuesto del Senado de la Nación, presidida por la senadora Patricia Bullrich, el asesor legal de la Confederación General del Trabajo (CGT), Pablo Topet, protagonizó una exposición de alto impacto jurídico y político que cuestionó de manera integral el proyecto de reforma laboral impulsado por el Poder Ejecutivo. La intervención tuvo lugar durante la segunda jornada de audiencias públicas y dejó al descubierto, punto por punto, las profundas inconsistencias constitucionales y convencionales del texto oficial.
Luego de las exposiciones realizadas el día anterior por los cotitulares de la CGT, la central obrera reforzó su posición a través de un análisis estrictamente técnico-jurídico que desarmó los principales ejes de la iniciativa gubernamental en materia de derecho individual del trabajo, derecho colectivo y libertad sindical. Según Topet, lejos de modernizar el sistema laboral argentino, el proyecto configura una regresión normativa de magnitud, incompatible con la Constitución Nacional y con los tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional.
Cinco ejes para una crítica integral
Topet estructuró su presentación en cinco bloques claramente definidos:
- Las regresiones normativas en el plano individual y colectivo, con efectos irreparables sobre los derechos de los trabajadores y sus organizaciones.
- Las razones por las cuales el proyecto, considerado en su totalidad, resulta contrario a la Constitución Nacional y a los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por la Argentina.
- Los contenidos que debería incluir una reforma laboral verdaderamente modernizadora y acorde a los estándares internacionales.
- Una exhortación directa al rol institucional de los senadores.
- Un llamado final a la reflexión profunda sobre el modelo de relaciones laborales que se pretende instaurar.
En ese marco, el abogado de la CGT enumeró lo que definió como “claras regresiones protectorias”, desmintiendo las afirmaciones del secretario de Trabajo, Julio Cordero, quien había sostenido que el proyecto no modificaba derechos ni debilitaba a las organizaciones sindicales.
Regresiones en el derecho individual del trabajo
Contrariamente al discurso oficial, Topet sostuvo que el proyecto reduce el ámbito de aplicación del derecho laboral, deroga estatutos especiales de protección sin ninguna justificación técnica y elimina institutos históricos sin demostrar vínculo alguno con la reducción de la litigiosidad o la generación de empleo.
Uno de los aspectos más graves señalados fue la supresión del artículo interpretativo de la Ley de Contrato de Trabajo que consagra el principio de justicia social. “No se trata solo de una norma —afirmó—, sino de un derecho y una garantía constitucional”. En la misma línea, denunció que se elimina la referencia a la dignidad del trabajo como límite al ejercicio de las facultades empresariales, transformando el contrato laboral en un mero intercambio económico, despojado de su función social.
Asimismo, alertó sobre un proceso de desalarización, mediante el cual diversos conceptos dejan de ser considerados salario, reduciendo la base de cálculo de indemnizaciones, aportes y contribuciones. En materia de jornada laboral, cuestionó la eliminación de límites claros y la habilitación de esquemas de disponibilidad individual y colectiva que afectan el derecho al descanso.
Otro punto crítico fue la posibilidad de pago en cuotas de las indemnizaciones por despido y la incorporación de mecanismos de protección patrimonial del empleador, que —según Topet— invierten la lógica protectoria del derecho del trabajo.
“El derecho del trabajo nace para compensar una desigualdad estructural”, remarcó. “La desigualdad existe; lo que el sistema hace es generar mecanismos de compensación, no suprimirlos ni profundizarlos en favor de la parte más fuerte”.
Un proyecto profundamente antisindical
En el plano colectivo, la calificación fue contundente: el proyecto es “profundamente antisindical”. Topet recordó que la libertad sindical constituye un derecho humano fundamental, reconocido tanto por la Constitución Nacional como por los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el sistema interamericano de derechos humanos.
Según explicó, la iniciativa oficial agrede de manera sistemática todo el universo de la libertad sindical: debilita al sujeto colectivo, restringe sus mecanismos de acción, afecta su patrimonio, dificulta el financiamiento de las organizaciones y debilita la tutela sindical. Todo ello —subrayó— sin que exista explicación alguna que vincule esas restricciones con mejoras en competitividad, empleo o reducción de conflictos.
“En nada, absolutamente en nada, este retroceso se relaciona con los objetivos que el Gobierno dice perseguir”, concluyó.
Negociación colectiva y derecho de huelga
En materia de negociación colectiva, Topet habló de una “involución fenomenal e inadmisible”. Señaló que el proyecto introduce regulaciones sobre niveles de negociación que pertenecen a la esfera de la autonomía colectiva, establece preferencias por convenios de menor ámbito —lo que en la estructura sindical argentina implica una regresión significativa— y limita la ultraactividad sin fundamento técnico.
Especial preocupación generó la facultad otorgada al Ministerio de Trabajo para suspender los efectos de convenios colectivos ya homologados, habilitando al Estado a privar de eficacia a acuerdos previamente aprobados.
El asesor de la CGT recordó antecedentes recientes, como el DNU 70/23 y el Decreto 340, que intentaron restringir el derecho de huelga y fueron objetados por la propia OIT. En ese sentido, advirtió que la regulación propuesta constituye, en los hechos, una forma indirecta de prohibición del derecho de huelga.
Interpelación directa al Senado y reclamo de debate tripartito
En uno de los tramos más fuertes de su exposición, Topet interpeló directamente a los senadores: “¿Esto es jurídicamente posible? ¿Es posible que un texto de esta naturaleza sea sancionado por este cuerpo?”. Y agregó: “La Constitución Nacional y la Corte Suprema son claras: no se puede retroceder en materia de protección y libertad sindical sin una razón suficiente, y en este proyecto no existen tales razones”.
Reclamó, además, un debate tripartito serio, conforme a los estándares de la OIT, y cuestionó la premura legislativa: “No se puede discutir en diez minutos una reforma que altera de manera estructural el ordenamiento laboral individual y colectivo de la República Argentina”.
¿Dónde está la modernización?
Topet también enumeró los contenidos que una reforma laboral moderna debería abordar y que el proyecto oficial ignora por completo:
- Regulación de la gestión algorítmica y el uso de inteligencia artificial en el trabajo.
- Protección de la privacidad del trabajador.
- Derecho a la desconexión digital.
- Teletrabajo, cuya ley vigente se deroga sin propuesta alternativa, pese a su masificación.
- Soberanía del tiempo de trabajo en cabeza del trabajador y reducción de la jornada, tendencia predominante a nivel mundial.
- Implementación efectiva del Convenio 190 de la OIT sobre violencia y acoso.
- Salud y seguridad laboral con comités mixtos, reconocidos como derecho humano fundamental por la OIT.
- Licencias parentales igualitarias.
- Participación de los trabajadores en las ganancias, derecho expresamente suprimido.
- Protección frente a la discriminación, incluyendo la opción de reinstalación.
Un cierre con advertencia constitucional
La exposición concluyó con un mensaje directo y sin eufemismos: “Espero que adecúen sus reflexiones a la Constitución Nacional”.
La intervención de Pablo Topet dejó en evidencia las graves deficiencias jurídicas del proyecto de reforma laboral y consolidó la posición crítica del movimiento sindical. Lejos de constituir una modernización, la iniciativa oficial aparece como un retroceso en derechos fundamentales, sin sustento técnico ni justificación constitucional, que coloca al Senado frente a una decisión de enorme trascendencia institucional.
