La Confederación General del Trabajo (CGT) formalizó ante la Justicia una demanda para declarar la inconstitucionalidad de la reciente reforma laboral. Bajo la consigna de que «esta ley no le sirve a nadie», el dirigente petrolero Mario Lavia defendió la unidad de la central obrera en la movilización a Plaza Lavalle y ratificó que el plan de acción, aprobado por unanimidad en diciembre, entra ahora en su fase judicial más crítica.

Un frente unido ante los Tribunales

Mario Lavia, secretario general de la Federación de Petroleros (FASiPEGyBio), fue una de las voces más firmes durante la marcha frente a los Tribunales de la Nación. El dirigente subrayó que la estrategia de la CGT no es producto del azar, sino de un cronograma orgánico que incluyó paros y movilizaciones masivas. «La CGT cumplió con el plan de acción aprobado por todos. Lamentablemente, hay dirigentes que ‘se descalzan’ cuando hay que sostener las decisiones colectivas, pero la conducción mayoritaria está firme en la defensa de los trabajadores», afirmó Lavia en declaraciones que resuenan como un mensaje interno a la tropa sindical.

Para el arco gremial, la normativa aprobada por el Congreso no busca «modernizar» el empleo, sino reinstaurar un modelo de precarización que ya fracasó en décadas pasadas. Lavia fue tajante al señalar que la reforma no generará nuevos puestos de trabajo, sino que facilitará el despido y la atomización de la negociación colectiva.

Los pilares de la inconstitucionalidad: Argumentos técnicos y jurídicos

La demanda presentada por los apoderados de la CGT, a la que se suman otras presentaciones de organizaciones como la Asociación Gremial de la Abogacía del Estado (AGAE), se apoya en tres ejes jurídicos fundamentales que el Poder Judicial deberá resolver:

  1. Violación del Principio de Progresividad: La Constitución Nacional y los tratados internacionales de jerarquía constitucional (como el Pacto de San José de Costa Rica) prohíben la adopción de medidas legislativas que impliquen un retroceso en el estándar de derechos ya adquiridos. La CGT sostiene que la ley es «regresiva» por naturaleza.
  2. Afectación del Artículo 14 bis: La reforma vulnera la «protección contra el despido arbitrario» al introducir figuras como el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que en la práctica diluye la responsabilidad indemnizatoria del empleador. Asimismo, se cuestiona la limitación del derecho a huelga mediante la imposición de servicios mínimos desproporcionados (de hasta el 75%).
  3. Fraude Laboral y Presunción de Relación: La creación de la figura del «colaborador» y la desnaturalización de la relación de dependencia en contratos de servicios son vistas como herramientas legales para institucionalizar el fraude laboral, contraviniendo el principio de «primacía de la realidad».

El impacto en la negociación colectiva

Uno de los puntos que más preocupa a dirigentes como Lavia es el ataque al modelo de unicidad promocionada. La nueva ley habilita que los convenios por empresa prevalezcan sobre los convenios de actividad, incluso si otorgan condiciones menos favorables al trabajador. Esto, según los especialistas jurídicos de la central, «rompe el piso salarial sectorial» y debilita la capacidad de presión de los sindicatos nacionales, llevando la discusión salarial a una escala donde el trabajador queda en una posición de extrema vulnerabilidad.

Hacia una judicialización masiva

El clima de tensión no termina en la CGT. Sectores del derecho laboral y exfuncionarios del área han advertido que la «deficiente técnica legislativa» y la ambigüedad de los textos aprobados generarán una ola de litigiosidad sin precedentes.

«Confiamos en que la Justicia volteará la ley porque es inviable», concluyó Lavia, reflejando el sentir de un Consejo Directivo que ha decidido trasladar la pelea de las calles a los expedientes. Para la CGT, el objetivo es claro: impedir que la reglamentación de la norma consolide lo que definen como un «sometimiento» de la clase trabajadora bajo el disfraz de la libertad de contratación.

Por Wenceslao Alvarez de Toledo

Abogado especialista en Derecho Sindical, Laboral Individual y Colectivo. Toda una vida dedicada al Sindicato y a los Trabajadores.

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