En un hito para la autonomía judicial y el ámbito laboral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se presentó hoy en la Legislatura Porteña el esperado «Código Procesal del Trabajo de C.A.B.A.». Este nuevo marco normativo, que busca revolucionar la resolución de conflictos laborales en la jurisdicción, llega en un momento de intensos debates sobre el futuro de la justicia en la capital.

El evento, que congregó a destacadas figuras del ámbito jurídico, político y gremial, contó con la presencia del ministro de Justicia de la Ciudad, Gabino Tapia, y el subsecretario de Trabajo y Empleo, Horacio Bueno. La obra, clave para entender la nueva dinámica judicial, fue escrita por los reconocidos juristas Dres. Julio Grisolia, Liliana Picón, Adriana Fernández y Laura Cáceres, y ya cuenta con una versión comentada, presentada a principios de mes en el Consejo de la Magistratura.

Un Fuero Propio para Agilizar la Justicia

La Legislatura porteña había aprobado previamente la creación de un fuero laboral propio, que contempla la instalación de 10 juzgados de primera instancia y una Cámara con dos salas. Este nuevo entramado coexistirá con la Justicia Nacional del Trabajo, marcando un paso significativo en la consolidación de la autonomía judicial de la Ciudad, consagrada en la reforma constitucional de 1994. La Ley 6.790, que sanciona el Código Procesal para la Justicia del Trabajo, fue promulgada el 12 de diciembre de 2024 y publicada en el Boletín Oficial el 16 de enero de 2025.

Pilares del Nuevo Código: Oralidad, Celeridad y Digitalización

El flamante Código Procesal del Trabajo de CABA se asienta sobre principios fundamentales que prometen una justicia laboral más accesible y eficiente para los trabajadores. Entre sus puntos más destacados se encuentran:

  • Oralidad: Priorizando las audiencias orales para una interacción directa y una resolución más expedita.
  • Celeridad: Estableciendo plazos más cortos para los procesos, buscando reducir significativamente los tiempos de litigio que, en el fuero nacional, a menudo se extienden por varios años.
  • Gratuidad para el trabajador: Asegurando que el acceso a la justicia no represente una carga económica para quienes buscan defender sus derechos laborales.
  • Digitalización y Audiencias Virtuales: Impulsando el uso de herramientas tecnológicas para agilizar los trámites y facilitar la participación de las partes, modernizando así el sistema judicial.

Este nuevo cuerpo legal busca un proceso judicial simplificado y flexible, desprovisto de formalismos excesivos, con el objetivo de garantizar una tutela judicial efectiva.

Desafíos y Repercusiones en el Escenario Gremial y Político

La implementación de un fuero laboral local en la Ciudad no ha estado exenta de controversias. Si bien desde el Gobierno porteño se subraya el avance en la autonomía y la promesa de una justicia más rápida, la iniciativa ha encontrado objeciones en ciertos sectores de la justicia nacional, que cuestionan el traspaso de competencias y su impacto en el esquema funcional preexistente.

Recientemente, el 14 de julio de 2025, la Cámara Contencioso Administrativo Federal suspendió provisoriamente la aplicación de la ley que habilitaba el fuero laboral de la CABA. No obstante, esta decisión cautelar no afecta directamente a la Ley 6.790 (el Código Procesal en sí), cuya aplicación está condicionada a la vigencia de la ley principal que habilita el fuero. Este escenario plantea un desafío para la puesta en marcha plena de este nuevo sistema, y será crucial seguir de cerca los próximos pasos en el ámbito judicial.

La presentación de este Código representa un paso ambicioso en la modernización de la justicia laboral en la Ciudad, con la promesa de transformar la experiencia de trabajadores y empleadores en la resolución de sus disputas. La comunidad gremial y los especialistas en derecho del trabajo estarán atentos a cómo se desenvuelve esta nueva etapa en el panorama judicial porteño.

Por Wenceslao Alvarez de Toledo

Abogado especialista en Derecho Sindical, Laboral Individual y Colectivo. Toda una vida dedicada al Sindicato y a los Trabajadores.

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