En una decisión que sienta un precedente significativo en el ámbito del derecho laboral, la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ha confirmado el rechazo a la demanda por despido indirecto presentada por Eric Sean Tumulty contra el Banco de la Nación Argentina. El fallo subraya la importancia de agotar todas las instancias de impugnación por parte del trabajador antes de considerarse despedido, especialmente en situaciones de «reserva de puesto» establecidas por el Artículo 211 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).
Tumulty, ex empleado del Banco Nación, había invocado el despido indirecto tras no ser reasignado a sus funciones luego de una licencia médica, argumentando que la entidad bancaria no le proporcionaba tareas. Sin embargo, el tribunal de alzada determinó que la decisión del trabajador de considerarse despedido fue precipitada e injustificada.
Los magistrados de la Sala I enfatizaron que el empleado no agotó los mecanismos legales disponibles para cuestionar la decisión del banco de ubicarlo en situación de «reserva de puesto» conforme al Artículo 211 de la LCT. Las constancias del caso demostraron que el Banco de la Nación Argentina había respondido a los requerimientos de Tumulty y había convocado a controles médicos internos, notificándole que aún no se encontraba apto para regresar a su puesto.
La sentencia destaca que el trabajador nunca impugnó formalmente la decisión de la empleadora de mantenerlo en reserva de puesto, un paso crucial que, según el criterio judicial, era indispensable para legitimar una eventual postura de despido indirecto.
Este fallo refuerza el principio de continuidad del vínculo laboral, un pilar fundamental en la legislación argentina. La Cámara concluyó que la conducta de Tumulty fue contraria a este principio al apresurarse a disolver la relación de empleo. En consecuencia, se confirmó la resolución de primera instancia, rechazando las indemnizaciones reclamadas por el empleado. Las costas del proceso judicial fueron impuestas por su orden, reconociendo el tribunal que el trabajador pudo haber actuado con una «convicción razonable» sobre su situación, a pesar de no haber cumplido con los requisitos formales exigidos.
Este pronunciamiento sirve como un recordatorio para trabajadores y empleadores sobre la necesidad de observar estrictamente los procedimientos y plazos legales en situaciones de suspensión del contrato de trabajo por enfermedad, y la importancia de la impugnación formal ante las decisiones del empleador.
